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Muchos de nuestros huéspedes desean una estadía tranquila en compañía de sus animales domésticos (perros, conejos, pájaros, conejillo de indias...).

La estadía en Villa Europa, con una mascota es posible, pero debe ser organizada para una mejor comodidad del huésped y su mascota. De hecho, no todos nuestros apartamentos son adecuados para dar cabida a nuestras mascotas. Por esta razón, su presencia tiene que ser comunicada al momento de hacer la reserva, indicando la raza, tamaño y cualquier necesidad particular. Si esto no sucede, la dirección, a su discreción, puede decidir si aceptar o no el ingreso en el apartamento y se pedirá igualmente el saldo de la cantidad acordada.

Por esta razón es:

Para PERROS GRANDES tenemos un apartamento adecuado (apartamento S), es una villa individual equipada con un espacio amurallado en la sombra y agua corriente.

LES ACONSEJAMOS no dejar los gatos, conejos o conejillos de indias libres en el jardín, ya que podrían encontrar otros animales (gatos, puerco espines etc...) no esterilizados y no vacunados. .

LAS PLAYAS DE ELBA son de libre acceso para los perros desde el 2009, gracias a la Ley regional 59-2009.

Ley regional 59-2009

En el 2009 la Regione Toscana ha decidido proteger a los animales con una ley regional específica que rige los comportamientos que deben tener quienes están en compañía de sus mascotas: la legge 59/2009, compuesta de 43 artículos, está bien detallada. El artículo 19 regula el acceso de perros acompañados a los jardines, parques y zonas públicas, incluyendo las playas. Gracias a esta ley, muchos turistas han elegido la Toscana y la isla Elba como destino para sus vacaciones: el artículo 19 permite de hecho a todos los dueños de perros de llevar sus mascotas a la playa con la única obligación de usar una correa y un bozal cuando así lo dispongan las normas estatales. Es prohibido el ingreso solo en zonas dedicadas a los niños, o en zonas destinadas a fines particulares, si se indica con letrero.

Cada municipio puede limitar mejor el uso de las áreas destinadas para uso exclusivo de los perros, señalando las zonas específicas donde los animales pueden "moverse, correr y jugar libremente, sin correa y bozal, bajo la supervisión del responsable, sin causar daño a las plantas o a las instalaciones". En la ley hay una parte específica relacionada con las obligaciones de los propietarios que deben asegurarse de mantener limpias las áreas y que los animales no causen molestias a personas o cosas. Queda a criterio de los administradores de locales públicos si permitir o denegar el acceso de animales a sus locales. En caso de prohibición, el administrador del local deberá comunicar al municipio y exponer un letrero de prohibición a la entrada del local.

Ley regional 59-2009.pdf